Has comprado un coche en Alemania, Francia, Bélgica, Países Bajos u otro país, ya has realizado la ITV de importación y tienes la ficha técnica española.
¿Y ahora qué?
Superar la ITV es uno de los pasos más importantes para matricular un coche extranjero en España, pero el vehículo todavía no está matriculado. A partir de este momento comienza la fase administrativa: impuestos, Ayuntamiento y, finalmente, presentación de la matriculación definitiva ante la DGT.
En esta guía te explicamos todo el procedimiento después de pasar la ITV de un coche importado, qué documentación necesitas y cuáles son los pasos hasta conseguir la matrícula española.
¿Qué ocurre después de pasar la ITV de importación?
Cuando el vehículo supera correctamente la ITV de importación, la estación expide la ficha técnica española.
Esta ficha contiene los datos técnicos que posteriormente se utilizarán para matricular el vehículo: número de bastidor, emisiones de CO₂, potencia fiscal, categoría, contraseña de homologación y demás características técnicas.
A partir de aquí, el procedimiento habitual es:
- Comprobar la ficha técnica emitida por la ITV.
- Resolver los impuestos relacionados con la adquisición del vehículo, cuando correspondan.
- Calcular el Impuesto de Matriculación y pagarlo con el modelo 576 (IEDMT).
- Calcular el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) y liquidarlo.
- Preparar toda la documentación del expediente.
- Presentar la matriculación definitiva ante la DGT.
- Obtener la matrícula y el permiso de circulación.
- Fabricar y colocar las placas españolas.
Vamos a verlo paso a paso.
1. Revisar la ficha técnica después de la ITV
Antes de presentar ningún impuesto recomendamos revisar detenidamente la ficha técnica.
Un error en esta fase puede provocar problemas posteriormente en Hacienda o en la propia matriculación.
Comprueba especialmente:
- Número de bastidor.
- Marca y modelo.
- Fecha de primera matriculación.
- Cilindrada.
- Potencia.
- Combustible.
- Emisiones de CO₂.
- Categoría del vehículo.
- Número de plazas.
- Contraseña de homologación.
Es especialmente importante revisar las emisiones de CO₂, ya que pueden afectar directamente al cálculo del Impuesto de Matriculación.
2. Justificar los impuestos relacionados con la compra
Dependiendo de quién haya vendido el vehículo y de cómo se haya realizado la operación, puede existir documentación fiscal adicional que aportar.
No es lo mismo comprar un coche usado a un particular alemán que adquirirlo a un concesionario europeo o comprarlo a un profesional español.
Por ejemplo, en vehículos usados procedentes de la Unión Europea, la DGT diferencia entre operaciones realizadas entre particulares y adquisiciones realizadas a profesionales. Cuando existe una compraventa entre particulares puede ser necesario justificar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), mientras que en operaciones con profesionales la factura adquiere especial importancia.
Por eso, antes de matricular, conviene comprobar que la factura o contrato de compraventa está correctamente emitido y que la operación tiene el tratamiento fiscal adecuado.
3. Liquidar el Impuesto de Matriculación
El siguiente paso es resolver el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT), conocido normalmente como Impuesto de Matriculación.
En los vehículos sujetos y no exentos, normalmente se presenta mediante el modelo 576 de la Agencia Tributaria.
El importe no depende simplemente del precio que hayas pagado por el coche. Para calcular correctamente el impuesto hay que tener en cuenta cuestiones como:
- Las emisiones oficiales de CO₂.
- La base imponible aplicable.
- La antigüedad del vehículo.
- Su valor fiscal cuando corresponda.
- Las posibles reducciones, exenciones o supuestos de no sujeción.
Por eso dos coches aparentemente similares pueden acabar pagando cantidades muy diferentes.
Una vez presentado correctamente el modelo correspondiente, se obtiene la información necesaria para continuar con la matriculación.
¿Todos los coches pagan Impuesto de Matriculación?
No.
Existen vehículos que pueden quedar sujetos a un tipo del 0 %, así como operaciones que pueden acogerse a determinados supuestos de no sujeción, exención o reducción, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
Entre los casos que requieren un estudio específico se encuentran determinados cambios de residencia, vehículos destinados a ciertas actividades profesionales o vehículos cuyas características permiten aplicar beneficios fiscales.
No conviene presentar el impuesto automáticamente sin estudiar primero el expediente.
4. Pagar el impuesto de circulación del Ayuntamiento
También será necesario justificar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), conocido popularmente como impuesto de circulación.
Este impuesto corresponde al Ayuntamiento del domicilio del titular.
En una primera matriculación normalmente será necesario realizar el alta del vehículo utilizando el número de bastidor, ya que todavía no existe una matrícula española.
El importe dependerá principalmente de:
- El municipio.
- La potencia fiscal del vehículo.
- El tipo de vehículo.
- Las ordenanzas fiscales municipales.
En determinados municipios puede aplicarse además el prorrateo correspondiente.
Es importante conservar el justificante válido de pago o exención, ya que forma parte de la documentación necesaria para la matriculación.
5. Preparar el expediente de matriculación definitiva
Una vez resueltos los impuestos, llega el momento de preparar el expediente que se presentará ante Tráfico.
Aunque cada operación puede presentar particularidades, en una matriculación de un vehículo procedente de la Unión Europea normalmente habrá que disponer de documentación como:
- DNI, NIE o documentación identificativa del titular.
- Documentación extranjera original del vehículo.
- Ficha técnica española expedida tras la ITV.
- Factura o contrato de compraventa.
- Justificación fiscal de la adquisición cuando corresponda.
- Justificante del Impuesto de Matriculación, exención o no sujeción.
- Justificante del IVTM.
- Solicitud de matriculación.
- Justificante de la tasa correspondiente de la DGT.
Si el titular es una empresa o interviene un representante, habrá que incorporar además la documentación necesaria para acreditar correctamente la representación.

6. Presentar la matriculación definitiva en la DGT
Con el expediente completo puede solicitarse la matriculación definitiva del vehículo.
Para turismos y la mayoría de vehículos se utiliza la tasa DGT 1.1, cuyo importe actualmente es de 99,77 €.
La DGT revisará que exista coherencia entre la identidad del titular, la documentación extranjera, la ficha ITV, la adquisición del vehículo y las obligaciones fiscales.
Si todo está correcto, se asignará al vehículo su matrícula española y se expedirá el correspondiente permiso de circulación.
Este es el momento en el que el vehículo pasa finalmente a estar matriculado en España.
7. Fabricar las placas de matrícula
Una vez asignada la matrícula española ya puedes solicitar las placas físicas.
Para fabricarlas normalmente tendrás que acreditar la matrícula asignada y la titularidad o autorización correspondiente.
Después solo queda instalar las placas en el vehículo y comprobar que dispone del seguro obligatorio necesario para circular.
¿Cuánto tarda la matriculación definitiva después de la ITV?
Depende principalmente de que toda la documentación esté correcta.
Los retrasos suelen aparecer cuando existe algún problema con:
- La factura o contrato.
- La documentación extranjera.
- El Impuesto de Matriculación.
- El justificante del IVTM.
- Los datos de la ficha ITV.
- La acreditación de la titularidad.
- La documentación fiscal de la operación.
Por eso recomendamos revisar el expediente antes de presentarlo.
En MatricularCoche.es trabajamos precisamente para que, una vez obtenida la ficha ITV y teniendo la documentación e impuestos correctamente preparados, la fase final de matriculación sea lo más rápida posible.
¿Puedo circular mientras espero la matrícula definitiva?
Tener la ITV de importación superada no significa que el vehículo ya pueda circular normalmente con una matrícula española, porque esa matrícula todavía no existe.
Si necesitas utilizar el vehículo mientras se completa el procedimiento, una de las posibilidades es solicitar matrículas verdes temporales, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes y el vehículo esté asegurado.
Las placas verdes están precisamente pensadas, entre otros supuestos, para permitir la circulación temporal mientras se tramita la matriculación definitiva.
Errores frecuentes después de pasar la ITV
Uno de los errores más habituales es pensar que, una vez pasada la ITV, únicamente queda ir a Tráfico.
En realidad, esta es precisamente la fase en la que suelen aparecer muchas incidencias.
Algunos errores frecuentes son:
- Presentar incorrectamente el Impuesto de Matriculación.
- Calcular mal la base imponible del IEDMT.
- No estudiar previamente una posible exención o reducción.
- Pagar el IVTM pero no obtener un justificante válido para matricular.
- Tener una factura extranjera incompleta.
- No justificar correctamente una compraventa entre particulares.
- Presentar documentación extranjera incompleta.
- Encontrar diferencias entre el bastidor o los datos de la ITV y el resto de documentos.
- Presentar el expediente sin haber revisado previamente toda la documentación.
Una pequeña incidencia puede hacer que una matriculación que debería resolverse rápidamente termine demorándose varios días.
¿Quieres que tramitemos nosotros la matriculación definitiva?
Si ya has pasado la ITV de importación, podemos encargarnos de la fase administrativa hasta conseguir la matrícula española.
En MatricularCoche.es estamos especializados en matriculación de vehículos importados y trabajamos habitualmente tanto con particulares como con profesionales e importadores.
Podemos revisar tu documentación, comprobar los impuestos que corresponden, tramitar el IEDMT y el IVTM cuando proceda y presentar la matriculación definitiva.
El objetivo es sencillo: que, una vez tengas la ITV superada y la documentación correcta, puedas obtener tu matrícula española sin perder tiempo entre Hacienda, Ayuntamiento y Tráfico.
¿Ya tienes la ficha ITV española?
Envíanos la documentación de tu vehículo y revisaremos qué falta para solicitar la matriculación definitiva en España de un coche extranjero.
WhatsApp: 642 131 491
Preguntas frecuentes sobre la matriculación después de la ITV
¿Después de pasar la ITV ya puedo pedir la matrícula?
Sí, pero antes de presentar la matriculación deben estar correctamente resueltos los impuestos y la documentación que corresponda a tu expediente.
¿Tengo que pagar siempre el Impuesto de Matriculación?
No necesariamente. El resultado depende de las características del vehículo y del supuesto concreto. Puede existir cuota a pagar, tipo 0 %, no sujeción, exención o reducción.
¿Necesito pagar el impuesto de circulación antes de matricular?
Para solicitar la matriculación definitiva deberás justificar el pago o la exención del IVTM correspondiente.
¿Qué tasa se paga en Tráfico para matricular un coche importado?
Para la mayoría de vehículos se utiliza la tasa 1.1 de la DGT, actualmente de 99,77 €.
¿Cuándo me dan la matrícula española?
La matrícula se asigna cuando la DGT tramita favorablemente la solicitud de matriculación definitiva. Con ella podrás fabricar las placas españolas.
¿Puedo conducir el coche únicamente con la ITV de importación pasada?
La ITV por sí sola no sustituye la matriculación. Si el vehículo todavía no dispone de una matrícula válida con la que pueda circular legalmente, será necesario esperar a la matriculación definitiva o estudiar la posibilidad de utilizar una autorización temporal, como las placas verdes.